miércoles, 23 de mayo de 2018

100€ para las madres trabajadoras






Vamos a hablar de una ayuda económica que nos puede ser de utilidad.
¿De qué se trata?
Un abono mensual de 100€ en concepto de anticipo por la deducción por maternidad en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
¿Quién puede beneficiarse?
Todas las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años, que trabajen y estén dadas de alta en la Seguridad Social. Ya sea en Régimen General como en el Régimen Especial de Autónomos.
Hablamos también de las madres que lo sean por adopción o acogimiento de un menor, en este caso no es necesario que sea menor de 3 años. En este caso se tendrá derecho a practicar la deducción durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
¿Cómo se solicita?
Tenemos 3 opciones:
Opción presencial, acudimos a nuestra delegación de Hacienda, donde presentaremos el modelo 140.
Opción telefónica, a través del teléfono 901 200 345, nos preguntaran por nuestro número de DNI, la cuenta bancaria donde realizar el ingreso y nuestro número de la Seguridad Social. Debemos tener preparado también la inscripción en el libro de familia.
Opción telemática, con certificado o DNI electrónico, también con el sistema Cl@ve. Aquí enlace
¿Interesa cobrarlo o desgravarme en la declaración anual de Hacienda?
La mujer trabajadora y madre de un hijo menor de 3 años o independientemente de su edad, cuando lo es por adopción o acogimiento, tiene derecho en el IRPF a una deducción anual de 1.200 €. Se trata pues de solicitar el anticipo de dicha cantidad mes a mes (100€). Pero también cabe la posibilidad de no hacerlo para después aplicarse el descuento en la declaración anual de Hacienda. De tal manera, que si el resultado de la declaración es a pagar nos aplicaríamos el descuento de los 1.200€, y si nos sale a devolver sumaríamos a esa devolución los 1.200€.
Por lo tanto, estamos ante la posibilidad de elegir:
Solicitar la deducción mes a mes (100€) desde el nacimiento o adopción.
O aplicarnos la deducción en la declaración anual del IRPF
Cada mujer trabajadora con hijos podrá optar libremente, parece claro que, si no existe obligación de presentar la declaración, podríamos aplicarnos la devolución mensual. Sin embargo, si tenemos obligación de presentar la declaración ya sea por superar el tope de ingresos o tener más de un pagador, pues quizás nos compense reservarnos la deducción para aplicarla en la declaración anual y que esta sea más favorable.


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