lunes, 26 de septiembre de 2016

¿CUÁNTO COBRARÉ CUANDO ME JUBILE?


Si llegada la edad de jubilación queremos tener derecho al cobro de una pensión contributiva será necesario haber cotizado por lo menos durante quince años. Además dos, de esos quince años, deberán haber sido cotizados dentro de los quince inmediatamente anteriores al momento de la jubilación.
Así pues, para calcular nuestra futura pensión de jubilación debemos saber que esta variará dependiendo de los años que hayamos cotizado y de la cuantía de nuestros salarios, por los que mes a mes  hemos ido cotizando.

¿Con que edad me jubilaré?   
Hasta la reforma de 2011, la edad de jubilación estaba fijada en 65 años. Pero tras la reforma, este requisito de la edad se ha endurecido, pasando a los 67 años. Si bien no será hasta el año 2027 cuando se exija tener cumplidos los 67 años. No obstante desde 2013 se ha comenzado a subir la edad de jubilación paulatinamente. Lo vemos en el siguiente cuadro.



Año
Períodos cotizados
Edad exigida
2013
35 años y 3 meses o más
65 años
Menos de 35 años y 3 meses
65 años y 1 mes
2014
35 años y 6 meses o más
65 años
Menos de 35 años y 6 meses
65 años y 2 meses
2015
35 años y 9 meses o más
65 años
Menos de 35 años y 9 meses
65 años y 3 meses
2016
36 o más años
65 años
Menos de 36 años
65 años y 4 meses
2017
36 años y 3 meses o más
65 años
Menos de 36 años y 3 meses
65 años y 5 meses
2018
36 años y 6 meses o más
65 años
Menos de 36 años y 6 meses
65 años y 6 meses
2019
36 años y 9 meses o más
65 años
Menos de 36 años y 9 meses
65 años y 8 meses
2020
37 o más años
65 años
Menos de 37 años
65 años y 10 meses 
2021
37 años y 3 meses o más
65 años
Menos de 37 años y 3 meses
66 años
2022
37 años y 6 meses o más
65 años
Menos de 37 años y 6 meses
66 años y 2 meses
2023
37 años y 9 meses o más
65 años
Menos de 37 años y 9 meses
66 años y 4 meses
2024
38 o más años
65 años
Menos de 38 años
66 años y 6 meses
2025
38 años y 3 meses o más
65 años
Menos de 38 años y 3 meses
66 años y 8 meses
2026
38 años y 3 meses o más
65 años
Menos de 38 años y 3 meses
66 años y 10 meses
A partir de 2027
38 años y 6 meses o más
65 años
Menos de 38 años y 6 meses
67 años 











    

No  obstante será posible jubilarse en 2027 con 65 años siempre y cuando tengamos cotizados nada más y nada menos que 38 años y medio.

La Base Reguladora
Ya sabemos a qué edad nos vamos a jubilar, ahora vamos a averiguar cuál será nuestra base reguladora. Para conocerla deberemos conocer cuál es nuestra base de cotización mensual. Se trata de la Base de Cotización por Contingencias Comunes que aparece mes a mes en nuestras nóminas. En ella vienen a sumarse el importe de las pagas extras prorrateadas. Para averiguar nuestra  base reguladora tendremos que sumar las  bases de cotización de nuestros  últimos 180 meses (que son los famosos 15 años) y dividirlos por 210 (se tienen en cuenta las pagas extra, 2 por año).
No obstante después de la reforma de 2011 vamos encaminados a dejar de mirar los 15 últimos años y pasar a los últimos 25 años, con lo cual nuestra pensión menguará. Y esto lo haremos paulatinamente conforme al siguiente cuadro.




Año
Nº. meses computables/Divisor
Años computables
2013
192 / 224
16
2014
204 / 238
17
2015
216 / 252
18
2016
228 / 266
19
2017
240 / 280
20
2018
252 / 294
21
2019
264 / 308
22
2020
276 / 322
23
2021
288 / 336
24
2022
300 / 350
25


¿Qué porcentaje de la Base Reguladora cobraré?
Ya conocemos la edad a la que nos jubilaremos, ya conocemos como calcular nuestra Base Reguladora y sólo nos queda saber qué porcentaje le aplicaremos a la Base Reguladora y por lo tanto, cuánto cobraremos.
El porcentaje es variable en función de los años de cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años, aumentando a partir del decimosexto año un 0,19% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18% los que rebasen el mes 248, sin que el porcentaje aplicable a la base reguladora supere el 100%, salvo en los casos en que se acceda a la pensión con una edad superior a la que resulte de aplicación. No obstante, hasta el año 2027, se establece un periodo transitorio y gradual, en el cual los porcentajes anteriores serán sustituidos por los siguientes:


Para conocer tus derechos, conoce el Estatuto de los Trabajadores. Conocer tus derechos cuesta muy poco.



Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2017-2020