Existe una práctica demasiado
habitual entre algunas empresas consistente en contratar a personas
trabajadoras como autónomos cuando
no lo son. Esta práctica fraudulenta persigue reducir costes a la empresa. La empresa consigue una ventaja
económica al tiempo que perjudica gravemente a la persona trabajadora y al
Sistema de Seguridad Social.
¿Eres autónomo?
¿Quién decide tus
horarios de trabajo? ¿Quién te organiza e impone las normas en tu labor? ¿Quién
pone los medios y material con los que trabajas? Si la respuesta no es YO MISMO/A No eres autónomo.
CONSECUENCIAS DE SER UN FALSO AUTÓNOMO
Te obligan a renunciar a tus derechos laborales:
·
No tendrás derecho a indemnización por despido
·
No tienes derecho a vacaciones pagadas
·
No disfrutarás de festivos ni días de descanso.
·
Nada de permisos retribuidos.
·
No tienes jornada límite.
·
No tienes derecho a la conciliación laboral y
familiar. Nada de permisos de maternidad o paternidad.
·
No tienes derecho a prestación por desempleo.
·
No te cubre el FOGASA en caso de impago.
·
Etc,…
OBLIGACIONES
ü Eres
el responsable de las consecuencias de tu trabajo. Si cometes una equivocación
y el paciente reclama, nada impide que la empresa pueda reclamarte daños y
perjuicios.
ü Tienes
obligación de realizar declaraciones trimestrales y anuales de I.V.A. e
I.R.P.F. (Hacienda irá a por ti, para eso eres autónomo y responsable)
ü Al
cotizar como autónomos, lo normal es optar por la Base de Cotización más baja,
para pagar menos. A consecuencia es posible que tengamos una Base inferior a la
que nos correspondería como trabajadores por cuenta ajena y ello afecta a
futuras prestaciones.
¿En qué se benefician las empresas?
Por si todavía tienes dudas:
§ Se
ahorran tus vacaciones y permisos.
§ No
pagan por tus bajas médicas.
§ Se
ahorran tu indemnización si te despiden.
§ No
tienen que pagarte un salario mínimo.
§ Se
ahorran la cotización a la Seguridad Social.
Ante esta situación, a las
personas trabajadoras no nos queda otra que denunciar ante la Inspección deTrabajo.
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