En la actualidad el permiso de Paternidad se equipara al de Maternidad en su duración, 16 semanas de disfrute.
El Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo modificó entre otras normas el Estatuto de los Trabajadores (norma fundamental para conocer nuestros derechos laborales). Más concretamente el art. 48.4 del E.T.
¿De qué manera puedo disfrutar del permiso por paternidad?