domingo, 29 de enero de 2017

DESEMPLEO Y PRESTACIÓN DE PATERNIDAD

¿Tengo derecho al permiso de paternidad, estando en desempleo? Estoy percibiendo la prestación de paternidad y justo se me termina el contrato, quedándome en situación de desempleo ¿Puedo seguir cobrando la prestación de paternidad?

Hoy voy a compartir con vosotros las consultas, que en esta semana, me han llegado sobre el tema de la prestación de Paternidad. De esta prestación ya hemos hablado en un post anterior (puedes verlo aquí).

Vamos a responder a ambas consultas:

1. ¿Puede un desempleado disfrutar de la prestación por paternidad?

Hablamos del caso del trabajador que está en paro. Percibiendo una prestación contributiva (esto es importante, debe ser contributiva) y acontece el nacimiento de su hijo. ¿Tiene derecho a cobrar la prestación de paternidad?. Pues SI, tiene derecho. Se paralizará la prestación por desempleo pasando a recibir una prestación por paternidad, cuya cuantía es mayor que la prestación por desempleo.
Dado que la prestación por paternidad es el 100% de la Base Reguladora que sirvió para calcular la del desempleo. Teniendo en cuenta, que cuando cobramos la prestación por desempleo durante los 180 primeros días nos abonan el 70% de la Base Reguladora y posteriormente el 50% de la misma hasta finalizar la prestación. Al cobrar el 100% durante las 4 semanas de paternidad notaremos una mejora económica evidente.
Debemos saber que la prestación la gestiona el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) por ello, debemos comunicarlo d un lado al antigüo INEM, ahora SEPE y al INSS.
Una vez transcurran las 4 semanas de la prestación por paternidad se reanudará la de desempleo contributivo, durante el tiempo que nos quedara de prestación. Es decir, la prestación de Paternidad paraliza o suspende la de desempleo y no descuenta.

2. Estoy percibiendo la prestación de paternidad y justo se me termina el contrato, quedándome en situación de desempleo ¿Puedo seguir cobrando la prestación de paternidad?

En este otro supuesto, estamos trabajando, nace nuestro hijo, solicitamos prestación por paternidad y durante la misma nuestro contrato temporal concluye.

El trabajador continuará recibiendo la prestación por paternidad. Una vez transcurridas las 4 semanas, pasará a la situación legal de desempleo. Y si reúne los requisitos podrá cobrar su prestación por desempleo. Sin que, en ningún caso, se le descuente el tiempo de permiso de paternidad de la duración de la prestación por desempleo.

Puede interesarte también:


PRESTACIÓN POR DESEMPLEO





GIF Rutas BCN MAD 300x250 250x250

No hay comentarios:

Publicar un comentario