¿Las personas trabajadoras nos dejamos nuestros derechos fundamentales a la entrada del puesto de trabajo?
El titular de este post viene como consecuencia del análisis
de la reciente Sentencia dictada el pasado 5 de septiembre por el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos. Ojo con la sentencia, puesto que no cabe recurso
sobre la misma y obliga a todos los países miembros de la Unión Europea. En el
caso de España viene a contradecir, tanto al Tribunal Constitucional como al
Supremo en anteriores sentencias.
Resumen
La sentencia anula el despido
de un trabajador rumano, el Sr.Barbulescu, que en horas de trabajo y con los
medios informáticos de la empresa accedió a su correo personal e intercambió
correos personales que nada tenían que ver con su actividad laboral.
El empresario había controlado las comunicaciones que
realizaba el trabajador en la cuenta de yahoo, que abrió el mismo para
desarrollo de su actividad laboral. Fue despedido. El trabajador alegó que se
había violado su derecho a la intimidad. Que si bien la empresa le había informado de
que no podría usar el correo para uso personal, le habían controlado, monitorizándole
el correo sin su consentimiento expreso.
Consecuencias
jurídicas
El art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos establece
que la comunicación a través de internet forma parte del ejercicio de la vida
privada en sociedad. Esto es importante. A consecuencia de ello, y con la Sentencia en mano, podemos decir que el empresario no puede reducir a la nada el
ejercicio de la vida social en el puesto de trabajo. La vigilancia que
establezca el empresario no puede ser excesivamente intrusiva sin afectar el
derecho a la intimidad del trabajador.
Resumiendo, el control empresarial sí, pero no de cualquier forma, es imprescindible el respeto a la intimidad y vida personal de la persona trabajadora.
Resumiendo, el control empresarial sí, pero no de cualquier forma, es imprescindible el respeto a la intimidad y vida personal de la persona trabajadora.
Preparar las Oposiciones como preparaste el teórico del carnet de conducir.

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