Si hago huelga ¿cuánto
dinero me descuentan?
Nuestra Constitución reconoce como un derecho fundamental el ejercicio de huelga. En concreto el artículo 28, en el párrafo segundo, indica
textualmente: “se reconoce el derecho a huelga de los trabajadores para la
defensa de sus intereses”
¿Cuánto me van a descontar?
§
El
salario bruto diario.
§
La
parte proporcional de las pagas extra.
§
Parte
proporcional del descanso semanal (si acabamos descansandolo nos lo descontarán
proporcionalmente a los días de huelga)
§
El
empresario tampoco cotizará ese día por nosotros.
¿Y si se establece una huelga de horas y
no días?
Es el caso de la huelga convocada en apoyo de la mujer trabajadora del 8 de marzo de 2018.
Quizás
la mejor forma de hallarlo sea la establecida por las Sentencias de algunos Tribunales
Superiores de Justicia, que nos plantea dividir el salario bruto anual
(incluidas pagas extra) y dividirlo por el número de horas establecidas en
convenio colectivo. El resultado nos dará el precio hora que será lo que
proceda descontar por parte del empresario.
¿Son legales los piquetes informativos?
Los trabajadores
tienen derecho a realizar huelga y a hacer publicidad sobre la misma. Conforme
al Real Decreto 17/1977, de 4 de marzo, que desarrolla el derecho a la huelga y
a las sentencias del Tribunal Constitucional, las personas trabajadoras pueden
organizarse en piquetes informativos, cuyo objetivo fundamental es difundir los
objetivos de la misma, al tiempo que intentar que el resto de trabajadores se
unan a la reivindicación.
Una vez que me presento a
trabajar ¿puedo cambiar de opinión y hacer huelga?
A pesar de
haber iniciado la jornada laboral, en cualquier momento puedes unirte a la
huelga, siempre y cuando no formes parte de los servicios mínimos que se hayan
decretado.
¿Tengo que avisar a mi empresa de que voy a hacer huelga?
En ningún
caso. De lo único que debemos asegurarnos es de que la huelga esté legalmente
convocada.
¿Puede la empresa preguntarme si voy a hacer huelga?
No debe hacerlo. Cuidado
con la estrategia de la empresa de preguntar para coaccionar o para mejor
organizar la actividad en el día de huelga. El objetivo de la huelga es
demostrar el perjuicio que tiene para la actividad empresarial la falta de mano
de obra. Si el empresario no conoce quién va a secundar la huelga no podrá
organizar su actividad hasta conocer con quién o quienes contará ese día. No
minimices el alcance de tu reivindicación.
¿Me pueden sancionar por hacer huelga?
En ningún
caso, el Estatuto de los Trabajadores establece en su art. 52 la imposibilidad
de sancionar por falta de asistencia en la jornada de huelga legal. Tampoco podrán descontarnos días de
vacaciones por ejercer nuestro derecho a huelga.
¿Tienes ya encuadernado tu Convenio Colectivo para Vigilantes de Seguridad 2017-2020?
¿Tienes ya encuadernado tu Convenio Colectivo para Vigilantes de Seguridad 2017-2020?
También puede interesarte ¿ES LA AYUDA A DOMICILIO UN SERVICIO DE LIMPIEZA?
