Cómo
solicitar la devolución a Hacienda
Averigua
si tienes derecho a la devolución del IRPF retenido por la prestación deMaternidad.
Una Sentencia del Tribunal Supremo declara que Hacienda
no debe retener IRPF a las o los perceptores de la conocida baja por
maternidad.
Para Hacienda el cobro de la Prestación por Maternidad
debía llevar aparejada una retención de impuestos (IRPF) como si de salario se
tratase. Sin embargo, el Alto Tribunal establece como nueva doctrina legal que “las
prestaciones por maternidad están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (IRPF).
¿Quién
puede reclamar y solicitar la devolución?
Quienes hayan recibido prestaciones por maternidad durante
2014, 2015, 2016 y 2017. Ya que el plazo
máximo para reclamar ante la Administración Pública es de 4 años. Hay que
recordar, que no sólo las madres cobran este tipo de prestación, también puede
ser cedido su disfrute al padre, por lo que, cabe la posibilidad de que este
último haya disfrutado de parte de su percepción y ahora tenga la oportunidad
de reclamar lo que le retuvieron.
Así que, si te practicaron retención de IRPF cuando
cobraste la prestación, ahora puedes reclamar su devolución. Hacienda está
obligada por la Sentencia.
¿Cómo
solicitar la devolución?
Para los años 2016 y 2017 cabe la posibilidad de
solicitarlo a través de la página web de Hacienda (aquí
te dejo enlace) desde dónde deberemos solicitar la rectificación de la
autoliquidación. Para 2014 y 2015 deberemos presentar un escrito puede servirte
este modelo que nos facilita la OCU.
Cabe esperar, y dado lo reciente de la Sentencia (5 de
octubre 2018) no podemos adelantarlo, que para el actual ejercicio Hacienda consigne
el oportuno procedimiento para acatar la sentencia. En la declaración que
presentemos del ejercicio 2018 declararemos como exentas la prestación por
maternidad.
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