domingo, 18 de noviembre de 2018

¿TENGO PERMISO RETRIBUIDO PARA IR A VOTAR?



¿Las personas trabajadoras que no disfruten de descanso el próximo día 2 de diciembre (Elecciones al Parlamento Andaluz) tendrán derecho a permiso retribuido para ir a votar?


El Decreto 204/2018, de 6 de noviembre establece, dependiendo de la coincidencia de la jornada laboral de ese día, 2 de diciembre, con la apertura de las mesas electorales ( abiertas desde las 9 de la mañana hasta las 20 horas de la tarde) unas horas de permiso. Así dependiendo de las horas en las que nuestra jornada de trabajo de ese día coincida con el horario de apertura de las urnas tendremos los siguientes permisos:




COINCIDENCIA
PERMISO
Más de 6 horas
4 horas
Entre 6 y 4 horas
3 horas
Menos de 4 y 2 horas
2 horas
Menos de 2 horas
No hay permiso



Establece también, el Decreto permisos retribuidos para las personas trabajadoras que formen parte de la mesa electoral o sean interventores el próximo día 2 de diciembre. Para ellos en la jornada laboral del día siguiente, tendrán un permiso de 5 horas laborales, teniendo también carácter retribuido.

¿Tengo derecho a este permiso si soy trabajadora a tiempo parcial?
Cómo ya hemos visto en otros artículos de este blog, las personas trabajadoras a tiempo parcial tienen los mismos derechos que quienes realizan su jornada a tiempo completo. En este caso su permiso variará también conforme a la coincidencia de su jornada con el horario de apertura de los colegios electorales.
Para conocer tus derechos, conoce el Estatuto de los Trabajadores. Conocer tus derechos cuesta muy poco.

   
Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2017-2020
 

Convenio Colectivo Estatal de la Dependencia


No hay comentarios:

Publicar un comentario