viernes, 17 de mayo de 2019

¿TENGO PERMISO RETRIBUIDO PARA IR A VOTAR?




Las personas trabajadoras que no disfruten de descanso el próximo día 26 de mayo de 2019 (Elecciones Municipales, autonómicas y europeas) tendrán derecho a permiso retribuido para ir a votar.
Aquí puedes ver Decreto para Andalucía La ley establece,  que dependiendo de la coincidencia de la jornada laboral de ese día, 26 de mayo, con la apertura de las mesas electorales ( abiertas desde las 9 de la mañana hasta las 20 horas de la tarde) unas horas de permiso. Así dependiendo de las horas en las que nuestra jornada de trabajo de ese día coincida con el horario de apertura de las urnas tendremos los siguientes permisos:




COINCIDENCIA
PERMISO
Más de 6 horas
4 horas
Entre 6 y 4 horas
3 horas
Menos de 4 y 2 horas
2 horas
Menos de 2 horas
No hay permiso



Establece también, la ley permisos retribuidos para las personas trabajadoras que formen parte de la mesa electoral o sean interventores el próximo día 26 de mayo. Para ellos en la jornada laboral del día siguiente, tendrán un permiso de 5 horas laborales, teniendo también carácter retribuido. Así mismo cobraran en concepto de dietas 65 euros.

EXCUSAS PARA NO SER MIEMBRO DE LA MESA ELECTORAL

¿Tengo derecho a este permiso si soy trabajadora a tiempo parcial?
Cómo ya hemos visto en otros artículos de este blog, las personas trabajadoras a tiempo parcial tienen los mismos derechos que quienes realizan su jornada a tiempo completo. En este caso su permiso variará también conforme a la coincidencia de su jornada con el horario de apertura de los colegios electorales. Aquí te dejo el Estatuto de los Trabajadores actualizado con las últimas modificaciones
Estatuto de los Trabajadores

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