martes, 28 de julio de 2020

¿TIENEN LAS PAREJAS DE HECHO PERMISO POR HOSPITALIZACIÓN O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA?

La cuestión a la que pretendemos dar respuesta es si operan u hospitalizan a nuestra pareja con la que convivimos e incluso con la que tenemos hijos en común, pero no estamos casados, ¿tenemos derecho a algún día de permiso?



El Estatuto de los Trabajadores, norma de mínimos mejorable por convenio colectivo, establece en su artículo 37.3 b) lo siguiente:
"b) Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días."

Por lo tanto, el Estatuto excluye a las parejas de hecho injustamente en mi opinión. En este sentido los Tribunales se han tenido que pronunciar en reiteradas ocasiones dando lugar a  no pocas sentencias, entre ellas del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal dispone que no cabe interpretar que se vulnere el principio de igualdad el no reconocer los permisos derivados del matrimonio a quienes no lo contrajeron.

No obstante, esta realidad establecida en el Estatuto de los Trabajadores es mejorable a través de la negociación colectiva. De tal forma, que los convenios colectivos pueden disponer los mismos permisos para las parejas unidas en matrimonio como para las parejas de hecho. Por lo tanto, en resumen habrá que estar atentos a lo que establezcan nuestros convenios colectivos.

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