lunes, 16 de septiembre de 2024

COMO ACTUAR FRENTE A UN DESPIDO



Conocer nuestros derechos y cómo debemos actuar en caso de despido nos garantiza, que no vamos a perder más dinero en beneficio del empresario.


Todos los días se producen despidos, por eso merece la pena estar preparados e informados por si acaso. Necesitamos saber cómo actuar frente a esta decisión unilateral del empresario. El empresario tiene una pequeña ventaja sobre nosotros en el momento del Despido. Él o ella ya ha tomado la decisión y se ha asesorado de cómo hacerlo y pagar lo menos posible (hay pocas excepciones).


El despido acto de violencia

Siempre he considerado el despido como un acto "violento". A través del acto del despido, se le arrebata a la persona su "identidad" en la sociedad actual. Cuando nos preguntan quiénes somos, solemos responder a qué nos dedicamos. Cuando perdemos el empleo, en ocasiones, perdemos algo más. Pero no nos pongamos pesimistas, cuando una puerta se cierra otra se abre, quizás no nos merezcan en esa empresa. Lo que está claro, es que NO nos vamos a ir sin lo que nos corresponda por derecho.

¿Cómo nos lo van a comunicar?

Salvo que estemos de baja, la empresa esperará al final de la jornada laboral para comunicarnos el despido. Con ello, se aseguran el cumplimiento de la misma y evitar tensiones en el puesto de trabajo. Lo normal es que nos llamen al despacho, para que no se percaten el resto de los trabajadores. Es difícil, pero debemos mantener la calma, el empresario nos va a entregar una notificación, donde nos comunica el despido y expone los motivos. Nos pedirá que firmemos. Podemos grabar la conversación con el móvil si estimamos oportuno (quizás pueda ser utilizada como prueba de un falso motivo). Nos pedirá que firmemos. También nos puede llegar la comunicación a casa mediante burofax. Ambas formas tienen completa validez.


Hay que tener una cosa clara NADIE PUEDE OBLIGARNOS A FIRMAR NADA contra nuestra voluntad.


¿Qué puede ocurrir si no firmamos?


 Si nos negamos a firmar el empresario tiene dos opciones, una notificarnos el despido por burofax. Otra posibilidad es buscar dos testigos, habitualmente entre nuestros compañeros, para que acrediten nuestra negativa a recepcionar el justificante por el que se nos despide. Si nos decidimos a firmar debemos poner especial atención en quedarnos una copia del documento y consignar lo siguiente: 

NO CONFORME Y FECHA. Con el “no conforme” nos reservamos nuestro derecho a examinar el documento y asesorarnos. Con la fecha, nos aseguramos que no nos va a ocurrir como algún trabajador al que le hicieron firmar un despido fechado con tantos días de antelación que hace imposible presentar la demanda en plazo. Es habitual que junto con la notificación de despido nos entreguen un finiquito. Si nos lo abonan mediante cheque consignaremos el número junto al recibí. Si optan por abonárnoslo en cuenta, lo ponemos también por escrito. Hasta aquí en el supuesto normal, pero hay empresarios, que si nos negamos a firmar (estamos en nuestro derecho) o si firmamos con el “no conforme” se sienten inseguros y comienzan a amenazar. Amenazar con que no nos van a pagar, a amenazar con que no vamos a cobrar el paro,… 


¿Por qué amenazan? 


Si quieren despedirnos la falta de firma o el consignar “no conforme” no va a impedir el despido. Pero si va a dejar la puerta abierta a que si el despido tiene algún defecto de forma podamos impugnarlo, conseguir una mayor indemnización o la nulidad del mismo. 


IMPORTANTE: Tenemos un plazo de 20 días hábiles (no cuentan ni sábados, ni domingos ni festivos) para interponer primero papeleta de conciliación ante el CMAC y posteriormente demanda ante el Juzgado de lo Social. Importante acudir a tu sindicato, Graduado Social o Abogado laboralista para que te ayude en estos trámites.

Para no renunciar a tus derechos, conocemos, conoce el Estatuto de los Trabajadores.



La importancia de los Convenios Colectivos

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