PASOS PARA CONSTITUIRSE COMO AUTÓNOMO
Una de las principales dudas que surge a
las personas que deciden emprender una actividad económica es decidir qué forma
jurídica adoptar.
Existen
dos formas para ejercer una actividad, vía sociedad o a mediante la figura del
autónomo. Si optamos la constitución como autónomos debemos darnos de alta:
Alta
Censal:
Para ello tendrémos que acudir a la Agencia Tributaria más cercana al domicilio
dónde vayamos a iniciar la actividad y presentar el modelo 036 ó 037. En este modelo
detallaremos los datos propios y los relativos a la actividad. Su registro
puede hacerse vía online.
Alta en la
Seguridad Social: En la oficina de
la Tesorería de la Seguridad Social podrémos presentar el modelo
TA521/1 junto con el citado modelo 036 y la fotocopia de nuestro dni. Es en
este momento, donde tendrémos que determinar cuál va a ser nuestra base de
cotización y si cubrimos o no todas o parte de las contingencias.
En
el supuesto de que la actividad requiera de un local para su desarrollo, necesitaremos
una Licencia de Apertura del
Ayuntamiento correspondiente.
Importante
a tener en cuenta es respetar el plazo de 30 días que como máximo pueden mediar
entre el inicio de la actividad y el alta en la Agencia Tributaria y en la
Tesorería.
Obligaciones
Fiscales
Existen
tres opciones para tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas: estimación directa, simplificada o por módulos. Optemos por lo que
optemos trimestralmente tendrémos que realizar declaraciones de IVA así como de
IRPF por pagos fraccionados.
Obligaciones
en materia de la Seguridad Social
Tras
el alta en la Tesorería de la Seguridad Social, estaremos obligados a ingresar
mensualmente la cuota resultante de aplicar el tipo a la base de cotización elegida.
El
trabajador económicamente dependiente
Conforme
al Estatuto del Trabajador Autónomo, el trabajador económicamente dependiente
es aquel trabajador autónomo que percibe de un mismo cliente el 75% de sus
ingresos. Estos trabajadores tienen derecho a que su relación quede plasmada
por escrito en un contrato que vinculan al autónomo con el cliente. Entre sus
derechos más relevantes están: derecho a vacaciones, a cobrar una indemnización
si se rescinde el contrato por causa ajena a la voluntad del autónomo,…
Trivago 05/04
