domingo, 15 de octubre de 2017

PASOS PARA CONSTITUIRSE COMO AUTÓNOMO


PASOS PARA CONSTITUIRSE COMO AUTÓNOMO

Una de las principales dudas que surge a las personas que deciden emprender una actividad económica es decidir qué forma jurídica adoptar.

Existen dos formas para ejercer una actividad, vía sociedad o a mediante la figura del autónomo. Si optamos la constitución como autónomos debemos darnos de alta:
Alta Censal: Para ello tendrémos que acudir a la Agencia Tributaria más cercana al domicilio dónde vayamos a iniciar la actividad y presentar el modelo 036 ó  037. En este modelo detallaremos los datos propios y los relativos a la actividad. Su registro puede hacerse vía online.
Alta en la Seguridad Social:  En la oficina de la Tesorería de la Seguridad Social podrémos presentar el modelo TA521/1 junto con el citado modelo 036 y la fotocopia de nuestro dni. Es en este momento, donde tendrémos que determinar cuál va a ser nuestra base de cotización y si cubrimos o no todas o parte de las contingencias.
En el supuesto de que la actividad requiera de un local para su desarrollo, necesitaremos una Licencia de Apertura del Ayuntamiento correspondiente.
Importante a tener en cuenta es respetar el plazo de 30 días que como máximo pueden mediar entre el inicio de la actividad y el alta en la Agencia Tributaria y en la Tesorería.

Obligaciones Fiscales
Existen tres opciones para tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: estimación directa, simplificada o por módulos. Optemos por lo que optemos trimestralmente tendrémos que realizar declaraciones de IVA así como de IRPF por pagos fraccionados.
Obligaciones en materia de la Seguridad Social
Tras el alta en la Tesorería de la Seguridad Social, estaremos obligados a ingresar mensualmente la cuota resultante de aplicar el tipo a la base de cotización elegida.

El trabajador económicamente dependiente
Conforme al Estatuto del Trabajador Autónomo, el trabajador económicamente dependiente es aquel trabajador autónomo que percibe de un mismo cliente el 75% de sus ingresos. Estos trabajadores tienen derecho a que su relación quede plasmada por escrito en un contrato que vinculan al autónomo con el cliente. Entre sus derechos más relevantes están: derecho a vacaciones, a cobrar una indemnización si se rescinde el contrato por causa ajena a la voluntad del autónomo,…


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