domingo, 12 de abril de 2020

LOS AFECTADOS POR ERTE, TENDRÁN 2 PAGADORES EN RENTA 2020

Las personas trabajadoras a las que se les aplique un ERTE tendrán 2 pagadores de cara a la declaración de la Renta del año próximo (Renta 2020). Y eso supondrá en muchos casos la obligación de presentar la declaración de la Renta.







El art. 96 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, la conocida Ley de la Renta establece que la persona contribuyente que tenga ingresos del trabajo inferiores a 22.000 € al año no tienen obligación de presentar la declaración de la renta, otra cosa es que les merezca la pena hacerla porque salga a devolver. 

No obstante aclara el propio art. 96 que si tenemos más de un pagador y las rentas que recibamos de este superan los 1.500€ el límite ya no serán los 22.000 sino 14.000€ anuales.

Este no es un problema nuevo, ya nos pasó con los servicios que determinadas empresas prestan por licitación a las Administraciones Públicas. Me refiero a las empresas de limpieza, servicio de ayuda a domicilio, vigilantes de seguridad, comedores escolares,... El servicio es permanente para la Administración Pública pero las empresas cambian según resulten de los procesos de licitación, si bien para estos casos ya Hacienda (Consultas Vinculantes) resolvió estimando que a efectos fiscales se consideraba un único pagador.
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Pero nos tememos que para el año próximo, cuando tengamos que presentar nuestra declaración de la Renta 2020, todas aquellas personas trabajadoras que hayan sufrido un ERTE y se estiman que son más de 3 millones, a los ojos de Hacienda habrán tenido 2 pagadores, su empresa y el Servicio de Empleo Público Estatal (S.E.P.E.). A tiempo estamos de no originar una obligación de declarar o de aplicando las retenciones más idóneas, que no salga a pagar Para conocer tus derechos conoce  el Estatuto de los Trabajadores



 
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