jueves, 28 de septiembre de 2023

COTIZACIÓN DE LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

 

A partir del 1 de octubre de 2023, los contratos a tiempo parcial se equiparan a los de jornada completa a efectos de días cotizados.

Injustamente en nuestro sistema de Seguridad Social, las personas trabajadoras a tiempo parcial vienen cotizando su periodos computables a efectos de pensiones conforme al porcentaje de parcialidad.
¿Cómo se cotizan los días a tiempo parcial?
Es decir, si por ejemplo una persona trabajadora, cotiza durante 10 años a jornada parcial del 50% de la jornada, los días cotizados computables son los equivalentes a 5 años. Justo la mitad conforme a la cotización.
Esta realidad a provocado una clara discriminación para la trabajadora a tiempo parcial. Y decimos trabajadora, porque prácticamente el 80% de las personas con un contrato a tiempo parcial son mujeres trabajadoras.
Ha tenido que ser el Tribunal de Justicia Europeo, quien corrija esta situación y obligue a introducir los cambios normativos necesarios, para que un día trabajado sea igual a un día cotizado. Lo que significa en el anterior ejemplo que esa misma persona trabajadora habrá cotizado a efectos de prestaciones 10 años. Conforme a lo que cobra, pero 10  y no 5 años.

¿Desde cuándo se van a tener efecto estos cambios?
La normativa que modifica el Texto Refundido de la Seguridad Social es el Real Decreto-Ley 2/2023 publicado el 16 de marzo pero que no entrará en vigor en lo relativo a las cotizaciones hasta el próximo 1 de octubre de 2023.

Se aprovecharan de esta situación quienes aún no hayan accedido a la prestación y no quienes ya disfrutaran de una prestación en base a la normativa anterior.  Aunque esto es lo que establece la citada norma, no descartemos nuevos procesos judiciales que retrotraigan lo que es de justicia.

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