CUIDADO CON EL
CONVENIO QUE NOS APLICAN
¿Qué hacer si la empresa no me aplica el Convenio Colectivo que me pertenece?
En
ocasiones, la empresa deliberadamente no nos aplica el Convenio Colectivo
correspondiente. Y lo hacen para, en alguna ocasiones, pagar menos o hacernos
trabajar más horas.
¿Qué regula
un Convenio Coletivo?
De
la misma forma que el contrato laboral regula la relación trabajador-empresario,
el convenio viene a regular la relación
empresarios-trabajadores en sentido amplio. Los convenios son el resultado de
una negociación colectiva entre representantes de los trabajadores
(habitualmente sindicatos) y empresarios ( o sus representantes, Asociaciones
empresariales).
En
el Convenio se establece un acuerdo sobre la jornada laboral, las vacaciones,
los permisos, excedencias, retribuciones, contratación, planes de igualdad,… De
tal forma que obliga a empresarios y trabajadores, que estén dentro de su ámbito de aplicación, al cumplimiento
de lo establecido en el convenio, aunque no lo hayan firmado ellos
directamente. Por este motivo, las condiciones
laborales establecidas en el contrato
de trabajo nunca podrán estar por
debajo de las establecidas en el convenio
de referencia.
Por
ejemplo, si firmamos un contrato donde aparece 40 horas,como jornada semanal, y
sin embargo el convenio colectivo establece un máximo de 37 horas semanales,
esta última será la que se nos deba aplicar. De igual forma el contrato laboral
no puede fijar un salario o unos complementos salariales en menor cuantía que
los establecidos en el convenio.
El Convenio
por lo tanto, está por encima del contrato, tal como, el Estatuto de losTrabajadores lo está del Convenio.
¿Cuál es
nuestro Convenio colectivo?
Dificil
es de encontrar un sector o empresa que no tenga un convenio colectivo de
referencia. Todos los convenios colectivos establecen en su articulado cuál es su
ámbito de aplicación, es decir, a que sujetos (trabajadores y empresarios)
se les aplicará. En nuestro contrato laboral se deberá especificar cual es el
convenio de referencia. Nos podemos encontrar con Convenios de empresa o de
sector, y de distintos ámbitos regionales, Nacionales, de Comunidad Autónoma,
Provinciales o Locales.
Para
aquellos casos que no lo tengamos claro podrémos consultar a la Comisión
Consultiva Nacional de Convenios Colectivos. Os dejo enlace de su página para
localizar vuestro convenio: pincha aquí
Cuidado con
el convenio que nos aplican
Como
ya hemos denunciado, son muchos los empresarios, que para ahorrarse un dinero
acosta del trabajador, nos aplican un convenio colectivo que verdaderamente no
nos corresponde. Ya sea por que ese convenio establece una jornada mayor o un
menor salario o ambas cosas.
Debemos
saber que conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los
convenio colectivos obligan a empresarios y trabajadores cuando estos están
incluidos en su ámbito de aplicación.
Si
padecemos esta situación y el empresario no muestra intensión alguna de aplicar
lo que legalmente nos corresponde, no tendremos más remedio que:
1. Denunciar a la Inspección de
Trabajo. La Inspección debe velar por el cumplimiento de la
normativa laboral y no permitir que las empresas coticen de menos por los
trabajadores. Por ello, la denuncia conllevará la apertura de expediente y es
posible que acabe en sanción por infracción normativa. La Inspección puede
requerir el pago con recargo de hasta los cuatro últimos años, en los que se ha
cotizado de menos. Al tiempo su actuación nos servirá de prueba del incumplimiento.
2. Ejecutar una reclamación de
Cantidad. Primero registrando una Papeleta de Conciliación ante el CMAC y
posteriormente, si no hay acuerdo, demandando ante el Juzgado de lo Social.
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Puede una empresa, en este caso un ayuntamiento, excluir de su convenio especifico a ciertos trabajadores por el hecho de que su puesto sea subvencionado por otra entidad (junta de andalucia)?
ResponderEliminarLa respuesta es no, no se puede excluir a nadie de su convenio colectivo. Pero intuyo en la pregunta la posible externalización del servicio y que no se presta directamente para el Ayuntamiento. ¿eres trabajadora del Ayuntamiento o de una empresa que le trabaja al Ayuntamiento?
EliminarMe contrata el ayuntamiento pero me paga a traves de una subvencion de la Junta. Por ello dicen q no pertenezco a su convenio sino al Estatuto de los trabajadores
EliminarSi es trabajadora del Ayuntamiento, es personal del mismo, por lo tanto, debe acogerle el convenio aplicable al personal del Ayuntamiento.
Eliminarpuede una empresa aplicar un convenio vigente desde 2015 a trabajadores contratados en 2016 y a otras personas del mismo año de contratacion pero con meses de diferencia aplicarle el convenio anterior al 2015?( en el cual reciben un salario mayor)
ResponderEliminarLos requisitos para que el convenio sea aplicable, son: que el convenio esté vigente y que el trabajador se encuentre dentro del ámbito de aplicación del mismo. Ahora bien, deduzco de su pregunta, que hay trabajadores que mantienen mejores condiciones laborales que procedieron del anterior convenio. Si es esto a lo que se refiere, es posible que el vigente convenio respete las condiciones más beneficiosas de las que vinieran disfrutando estos trabajadores. P.e.: Si en el anterior convenio existía un plus de transporte, lo normal es que a quién ya viniera cobrandolo se le respete como condición más beneficiosa, al pasar esta a ser una condición contractual.
Eliminarme explico mejor, ya que la situación es bastante complicada.
Eliminarresumen: entran en diciembre 2015 una serie de trabajadores con un subgrupo profesional (n2 por ejemplo) en marzo de 2016 entran otra serie de personas en el subgrupo N3 (todos partiendo de un mismo examen (el mismo), pero al tener otra categoria cobramos menos y mas adelante en septiembre se formaliza el convenio publicado en el BOE con caracter retroactivo que viene a decir que entra en vigor desde enero de 2015 y el personal que cobra menos creemos que no es justo ya que hacemos las mismas funciones que los demas