lunes, 7 de agosto de 2017

¿CÓMO SE COMPUTA LA ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA?





Desde el primer día de trabajo, del primer contrato, comienza a computarse nuestra antigüedad en la empresa. Los trabajadores no podemos renunciar a la antigüedad, ni a través del convenio colectivo ni del contrato laboral. Es un derecho irrenunciable, como las vacaciones anuales.
¿Por qué es importante la ANTIGÜEDAD en la empresa?
El concepto de antigüedad está íntimamente ligado a la percepción del conocido Plus del mismo nombre, ya sea cada tres años o más se cobra el mismo. Pero también es importante a la hora de calcular la indemnización por finalización de contrato o despido.
Pero también es importante para:
  •  Poder solicitar una Excedencia: Mínimo tendremos que tener un año de antigüedad.
  • Para ser elegibles y electores en las elecciones sindicales: para poder votar en estas elecciones es necesario tener una antigüedad de un mes, y para poder ser votado una antigüedad de seis meses. Por Convenio Colectivo esta última antigüedad de seis meses se puede reducir a 3 meses.
  • Formación continua: Art. 23.3 Estatuto de los Trabajadores establece, que  los trabajadores con 1 año de antigüedad tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas al año para recibir formación profesional.
  • Pagas Extra: Hay convenios colectivos establecen que en el cálculo de las pagas extra, se tiene que incluir la antigüedad, y no solo el salario base.
  •  Preferencia elegir las vacaciones: En ocasiones hay convenios colectivos que establecen prioridad a la hora de elegir las vacaciones.

¿Cómo saber cuál es la antigüedad que me reconoce mi empresa?
Muchas empresas, demasiadas, comienzan a computar la antigüedad desde el contrato indefinido, “olvidando” computar desde el primer día de contrato sea este temporal por sustitución o cualquier otra causa.
Para ello es necesario que estemos atentos y comprobemos en nuestras nóminas la fecha consignada como antigüedad.
¿Qué puedo hacer si la empresa no me reconoce la antigüedad real?
En el caso de que la antigüedad genere una cantidad económica no abonada, tendremos que efectuar una reclamación de cantidad. COMO ACTUAR ANTE IMPAGOS

En el supuesto de que no genere ninguna cantidad y el trabajador continúe activo en la empresa, existe la posibilidad judicial de reclamarlo, pero si no genera ningún beneficio inmediato quizás hay que valorar el hacerlo en otro momento. Si bien es verdad, que cualquier reclamación que le planteemos a la empresa constituye un indicio que bien nos pudiera proteger frente a un posible despido.
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