jueves, 12 de mayo de 2016

DESPEDIDA POR NO LLEVAR TACONES

Una trabajadora británica, Nicola Thorp, recepcionista, se presentó en su primer día de trabajo con zapatos planos.


La empresa le comunicó la obligación de calzar zapatos con tacón de al menos 5 centímetros de altura. A lo que la trabajadora preguntó, con valentía, si los hombres de la empresa estaban obligados también a llevarlos. Sin entender por qué unos zapatos bajos le impedirían hacer bien su trabajo para el que estaba sobradamente cualificada. La empresa le contestó con un DESPIDO fulminante.
Algo parecido ocurrió ya en España en 2008, cuando la Clínica gaditana San Rafael, saltó a los medios de comunicación, por sancionar a un número considerable de trabajadoras, AUXILIARES DE CLÍNICA en su mayoría, pero también ENFERMERAS, por incumplir la Normativa interna de la empresa sobre vestuario, que exigía a la MUJERES TRABAJADORAS llevar FALDA.
Aquel atentado contra la dignidad de las mujeres acabo en los Tribunales gracias a las denuncias de CCOO.
En aquella ocasión se consiguió acabar con una actuación empresarial calificada como sexista y discriminatoria, que incumplía gravemente la Ley de Igualdad.





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