Si llegada la edad de jubilación queremos tener derecho al cobro de una pensión contributiva será necesario haber cotizado por lo menos durante quince años. Además dos, de esos quince años, deberán haber sido cotizados dentro de los quince inmediatamente anteriores al momento de la jubilación.
Así
pues, para calcular nuestra futura pensión de jubilación debemos saber que esta
variará dependiendo de los años que hayamos cotizado y de la cuantía de
nuestros salarios, por los que mes a mes hemos ido cotizando.
¿Con que edad me jubilaré?
Hasta la reforma de 2011, la edad de jubilación estaba
fijada en 65 años. Pero tras la reforma, este requisito de la edad se ha
endurecido, pasando a los 67 años. Si bien no será hasta el año 2027 cuando se
exija tener cumplidos los 67 años. No obstante desde 2013 se ha comenzado a
subir la edad de jubilación paulatinamente. Lo vemos en el siguiente cuadro.
Año
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Períodos cotizados
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Edad exigida
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2013
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35 años y 3 meses o más
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65 años
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Menos de 35 años y 3 meses
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65 años y 1 mes
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2014
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35 años y 6 meses o
más
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65 años
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Menos de 35 años y 6
meses
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65 años y 2 meses
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2015
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35 años y 9 meses o
más
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65 años
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Menos de 35 años y 9
meses
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65 años y 3 meses
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2016
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36 o más años
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65 años
|
Menos de 36 años
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65 años y 4 meses
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2017
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36 años y 3 meses o más
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65 años
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Menos de 36 años y 3 meses
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65 años y 5 meses
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2018
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36 años y 6 meses o
más
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65 años
|
Menos de 36 años y 6
meses
|
65 años y 6 meses
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2019
|
36 años y 9 meses o
más
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65 años
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Menos de 36 años y 9
meses
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65 años y 8 meses
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2020
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37 o más años
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65 años
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Menos de 37 años
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65 años y 10
meses
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2021
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37 años y 3 meses o más
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65 años
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Menos de 37 años y 3 meses
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66 años
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2022
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37 años y 6 meses o
más
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65 años
|
Menos de 37 años y 6
meses
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66 años y 2 meses
|
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2023
|
37 años y 9 meses o
más
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65 años
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Menos de 37 años y 9
meses
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66 años y 4 meses
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2024
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38 o más años
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65 años
|
Menos de 38 años
|
66 años y 6 meses
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2025
|
38 años y 3 meses o más
|
65 años
|
Menos de 38 años y 3 meses
|
66 años y 8 meses
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2026
|
38 años y 3 meses o más
|
65 años
|
Menos de 38 años y 3 meses
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66 años y 10 meses
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A partir de 2027
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38 años y 6 meses o
más
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65 años
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Menos de 38 años y 6
meses
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67 años
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No obstante será posible jubilarse en 2027 con 65 años siempre y cuando tengamos cotizados nada más y nada menos que 38 años y medio.
La
Base Reguladora
Ya sabemos a qué edad nos vamos a jubilar, ahora vamos a
averiguar cuál será nuestra base reguladora. Para conocerla deberemos conocer
cuál es nuestra base de cotización mensual. Se trata de la Base de Cotización
por Contingencias Comunes que aparece mes a mes en nuestras nóminas. En ella
vienen a sumarse el importe de las pagas extras prorrateadas. Para averiguar
nuestra base reguladora tendremos que
sumar las bases de cotización de
nuestros últimos 180 meses (que
son los famosos 15 años) y dividirlos por 210 (se tienen en cuenta las pagas
extra, 2 por año).
No obstante después de la reforma de 2011 vamos
encaminados a dejar de mirar los 15 últimos años y pasar a los últimos 25 años,
con lo cual nuestra pensión menguará. Y esto lo haremos paulatinamente conforme
al siguiente cuadro.
Año
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Nº. meses computables/Divisor
|
Años computables
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2013
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192 / 224
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16
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2014
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204 / 238
|
17
|
2015
|
216 / 252
|
18
|
2016
|
228 / 266
|
19
|
2017
|
240 / 280
|
20
|
2018
|
252 / 294
|
21
|
2019
|
264 / 308
|
22
|
2020
|
276 / 322
|
23
|
2021
|
288 / 336
|
24
|
2022
|
300 / 350
|
25
|
¿Qué
porcentaje de la Base Reguladora cobraré?
Ya conocemos la edad a la que nos jubilaremos, ya
conocemos como calcular nuestra Base Reguladora y sólo nos queda saber qué
porcentaje le aplicaremos a la Base Reguladora y por lo tanto, cuánto
cobraremos.
El porcentaje es variable en función de los años de
cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el
50% a los 15 años, aumentando a partir del decimosexto año un 0,19% por cada
mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18% los que
rebasen el mes 248, sin que el porcentaje aplicable a la base reguladora supere
el 100%, salvo en los casos en que se acceda a la pensión con una edad superior
a la que resulte de aplicación. No
obstante, hasta el año 2027, se establece un periodo transitorio y gradual, en
el cual los porcentajes anteriores serán sustituidos por los siguientes:
Para conocer tus derechos, conoce el Estatuto de los Trabajadores. Conocer tus derechos cuesta muy poco.
