domingo, 30 de abril de 2017

CLAUSULA SUELO ¿Cómo afecta a mi Declaración de la Renta?



                         CLAUSULA SUELO ¿Cómo afecta a mi Declaración de la Renta?

Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo declararon abusivas las Cláusulas suelo, los bancos y cajas han sido obligados a devolver las cantidades cobradas a los hipotecados.


El Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero regula el procedimiento para declarar las cantidades devueltas. No obstante, debemos tener en cuenta, si hemos llegado a un acuerdo con nuestra entidad financiera, por el cual en vez de cobrar una devolución en metálico, hemos decidido minorar, reducir nuestro préstamo, NO TENDRÉMOS QUE REGULARIZAR ESTAS CANTIDADES. Ya que la reducción de la deuda no generará derecho a aplicar deducción por inversión en vivienda habitual.

¿Qué ocurre si hemos optado por la devolución en metálico?

Pues si esas cantidades devueltas hubieran formado parte de la deducción por inversión en vivienda habitual o deducciones establecidas por las Comunidades Autónomas, o hubieran tenido la consideración de gasto deducible, se pierde el derecho a deducción y tendremos que regularizar.
A modo de ejemplo si la sentencia o acuerdo se produce en 2016, en la declaración de la Renta 2016, que vamos a presentar desde el 5 de abril hasta finales de junio, tendremos que incluir dichas cantidades en las casillas 524 y 526 sin que en ningún caso se paguen intereses demora.
Si la sentencia o acuerdo se ha producido en años anteriores tendrémos que presentar declaraciones complementarias correspondientes a dichos ejercicios. Quitaremos dichos gastos por los que nos dedujimos, sin tener por ello sanción ni intereses de demora. El plazo de presentación de estas declaraciones complementarias estará comprendido entre la fecha de la sentencia o acuerdo y la finalización del plazo del impuesto siguiente.

En caso de duda consulta tu caso con la Agencia Tributaria.
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