miércoles, 30 de octubre de 2019

10 NOVIEMBRE ELECCIONES GENERALES: PERMISOS PARA IR A VOTAR


Decreto 581/2019, de 22 de octubre, por el que se dictan normas para facilitar la participación de las personas trabajadoras por cuenta ajena y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias en las elecciones generales, convocadas para el día 10 de noviembre de 2019.


Las personas trabajadoras que no disfruten de descanso el próximo día 10 de noviembre de 2019 (Elecciones Generales) tendrán derecho a permiso retribuido para ir a votar.

La ley establece,  que dependiendo de la coincidencia de la jornada laboral de ese día, 10 de noviembre de 2019, con la apertura de las mesas electorales ( abiertas desde las 9 de la mañana hasta las 20 horas de la tarde) unas horas de permiso. Así dependiendo de las horas en las que nuestra jornada de trabajo de ese día coincida con el horario de apertura de las urnas tendremos los siguientes permisos:




COINCIDENCIA
PERMISO
Más de 6 horas
4 horas
Entre 6 y 4 horas
3 horas
Menos de 4 y 2 horas
2 horas
Menos de 2 horas
No hay permiso



Establece también, la ley permisos retribuidos para las personas trabajadoras que formen parte de la mesa electoral o sean interventores el próximo día 10 de noviembre de 2019. Para ellos en la jornada laboral del día siguiente, tendrán un permiso de 5 horas laborales, teniendo también carácter retribuido. Así mismo cobraran en concepto de dietas 65 euros.

¿Tengo derecho a este permiso si soy trabajadora a tiempo parcial?
Cómo ya hemos visto en otros artículos de este blog, las personas trabajadoras a tiempo parcial tienen los mismos derechos que quienes realizan su jornada a tiempo completo. En este caso su permiso variará también conforme a la coincidencia de su jornada con el horario de apertura de los colegios electorales.


Para conocer tus derechos, conoce el Estatuto de los Trabajadores. Conocer tus derechos cuesta muy poco.






No hay comentarios:

Publicar un comentario