lunes, 16 de marzo de 2020

EL ERTE QUE NOS TRAE EL CORONAVIRUS

La actual situación en España, ante la amenaza del Coronavirus y la declaración del estado de alarma, que paraliza gran parte de nuestra actividad económica, va a traer irremediablemente situaciones laborales dramáticas

El cierre de Estancias Diurnas, colegios, centros comerciales, bares, restaurantes,... va a propiciar que muchas empresas recurran a aplicar un ERTE.

¿Qué es un ERTE?

Su regulación se encuentra en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores y establece un proceso a través del cual las empresas ante situaciones económicas, técnicas, organizativas o de producción que pongan en riesgo su viabilidad, podrán suspender los contratos laborales de las personas trabajadoras o reducir sus jornadas. Todo ello de forma temporal y en el caso que nos ocupa hasta que se resuelva la actual situación.

¿Cómo se tramita? 

La empresa debe solicitar su aplicación a la Autoridad Laboral. Todos los tramites vienen desarrollados en el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre. La Autoridad Laboral contestará en un plazo de 5 días previo informe de la Inspección de Trabajo. Paralelamente la empresa viene obligada a negociar con la representación legal de los trabajadores. La negociación puede extenderse hasta un máximo de 15 días. El acuerdo entre las partes presumirá que concurren las causas que justifican el ERTE. 

¿Qué podemos hacer?

Ante el desacuerdo la persona trabajadora podrá demandar ante el Juzgado de lo Social, que declarará la suspensión o reducción de jornada procedente o improcedente. En este último supuesto obligará a pagar los salarios dejados de percibir.


¿En qué situación queda la persona trabajadora?

La persona trabajadora quedará en situación legal de desempleo temporalmente. Podrá solicitar la prestación, también en el caso de reducción de jornada. La Autoridad Laboral, en casos excepcionales, podrá establecer que la prestación por desempleo no agote futuras prestaciones. La suspensión o reducción es temporal., por lo que, superada la situación lo esperable es la vuelta a la situación inicial, pero no hay que descartar otro ERTE o incluso un ERE.


Para conocer tus derechos conoce  el Estatuto de los Trabajadores



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